jueves, 8 de enero de 2009

Derechos humanos en el ciberespacio

El prefijo "ciber" de la palabra ciberespacio, está tomado de otra palabra más antigua, aunque reciente, cibernética, que a su vez, tiene una raíz etimológica griega; procede de kybernetike, cuyo significado es el de arte de la navegación.

Pese a lo que pudiera parecer a primera vista, el término ciberespacio, que algún autor ha propuesto rebautizar con el nombre de telépolis o ciudad global, no es un termino unívoco. De ciberepacio, como de cibercultura o de globalización, se habla de diferentes maneras, en distintos contextos y con variados propósitos.

Un diccionario de tecnología de la información describe el ciberespacio, atendiendo a su estructura, como "la geografía virtual creada por computadoras y redes" .En este mismo sentido ha sido equiparado a las autopistas de la información, entendidas éstas como el espacio común creado en las redes telemáticas.

Atendiendo a su contenido ha sido definido también el ciberespacio como el ámbito de comunicaciones constituido por una red informática.

En los dos últimos años se está acentuando, y de forma progresiva, la preocupación por la problemática ética, jurídica, política y antropológica del ciberespacio.

Es evidente que en el breve espacio de una comunicación no pueden ser tratados ni los problemas anteriormente enunciados, ni otros muchos existentes. El objetivo perseguido entonces no puede ser otro que hacer tan sólo algunas reflexiones sobre las dimensiones ético-jurídicas de los derechos humanos dentro del ciberespacio centrándose específicamente en la doble perspectiva de negación y afirmación de los derechos; incluso planteando en este ultimo sentido la cuestión de las posibilidades del ciberespacio como medio e instrumento a través del cual se pueda llegar a la formación de una cibercultura de los derechos humanos. Para ello hemos tratado de fijar, en primer lugar, el significado del termino ciberespacio, al menos a los efectos que aquí interesan; a continuación veremos su función destructora respecto del sistema de derechos humanos. En tercer lugar contemplaremos su potencialidad garantista de los derechos y nos fijaremos en sus características en cuanto que base material de la formación de una incipiente cultura del ciberespacio de los derechos humanos. Por último, sintetizaremos las conclusiones que procedan.

Las razones que explican ese grave fenómeno son entre otras las siguientes:

La gran disparidad de penetración del ciberespacio en el mundo. Afecta sólo a una parte muy restringida del planeta, a una tercera parte del mismo: el espacio que corresponde a los países desarrollados. El informe del Banco Mundial titulado Increasing Internet Connectivity in Sub-Saharian Africa, de 1996, muestra su preocupación por el hecho de que la mayor parte de los países de la región no estaban conectados a Internet. El mero hecho del retraso en la incorporación a la red supone para los países subsaharianos un factor de empobrecimiento y desigualdad.

Además, el impacto de la informática sobre las libertades en las sociedades avanzadas ha sido también negativa en cuanto que ha potenciado y abierto la puerta a nuevas formas de violaciones de los bienes de la personalidad o bienes jurídicos fundamentales que constituyen el objeto de los derechos. El profesor Pérez Luño ha señalado en este sentido que su potencialidad en la difusión ilimitada de imágenes e informaciones ha convertido a la red en un vehículo especialmente poderoso para perpetrar atentados criminales contra cuatro tipos de bienes jurídicos básicos:

1º) La intimidad, la imagen, la dignidad y el honor de las personas.

2º) La libertad sexual al permitir la propagación de imágenes o informaciones que entrañen formas de exhibicionismo, provocación sexual o fomenten la pornografía entre menores de edad.

3º) La propiedad intelectual e industrial, el mercado y los consumidores.

4º) La seguridad nacional y el orden público.

Por otra parte, tal y como ha señalado la Federación Internacional de Periodistas, el mundo marcha hacia la concentración multimedial en cada vez menor número de manos. Ese oligopolio de la comunicación tiende a reducir la diversidad Informativa y ésta, a su vez, a ir mermando de forma progresiva el derecho a la información y el derecho a preservar la diversidad cultural.

Pese a que hasta ahora el ciberespacio, como se acaba de señalar, constituye un ámbito propicio a la violación de los derechos humanos existen elementos en el mismo que parecen indicar que potencialmente e incluso tendencialmente puede invertirse la tendencia y constituirse en todo lo contrario. Esos elementos se pueden sintetizar así:

1º La misma estructura abierta de Internet y del ciberespacio es la que puede propiciar que se transformen en autopistas de libertad. Se trata, sin duda, de un espacio de libertad que debe ser conquistado.

2º En el ciberespacio no existen fronteras, distancias ni autoridad centralizada. Eso fue precisamente lo que se pretendió con su creación. Esas características son idóneas para la difusión y garantía de los derechos.

3º En los últimos años el ciberespacio, tal y como ha señalado Castells, se ha convertido en un ágora electrónica global donde la diversidad del descontento humano explota en una pluralidad de acentos.

4º Los movimientos sociales de defensa de los derechos humanos se mueven en Internet en torno a la defensa de los valores que constituyen su fundamento y su fuente de legitimidad. La llamada a la necesidad de vigencia social de esos valores que está presente constantemente en el ciberespacio es un elemento de primer orden de cohesión en la acción de garantía de los derechos.

5º En otro lugar he señalado la crisis de las garantías institucionales de los derechos. Pues bien, el ciberespacio está comenzando a ser un nuevo ámbito de garantía en la medida en que las diversas organizaciones sociales (principalmente organizaciones no gubernamentales) lo utilizan con la finalidad de rellenar el vacío de organizaciones institucionalmente integradas y de carácter estatal, permanente, estructurado, vertical y formal. Las nuevas formas de acción de defensa se mueven, por el contrario, con un aire de espontaneidad, flexibilidad y horizontalidad que les da potencialmente una mayor capacidad de reacción frente a las violaciones de los derechos humanos.

6º Internet permite aunar fuerzas diversas y dispersas y servir de instrumento esencial de enlace y coordinación de las diversas tendencias y organizaciones de defensa de los derechos humanos, dándolas un sentido convergente y unitario.

7º. Entre las garantías extrajurídicas está tomando como nueva forma de actuación social la opinión pública.

8º En el ámbito de la Teoría de los derechos humanos, orientada en la línea metodológica de una teoría crítica, el papel de ciberespacio es fundamental.

9º A lo anteriormente señalado debe añadirse además la importante dimensión cuantitativa del ciberespacio que puede contribuir decisivamente al proceso de universalización del sujeto de los derechos humanos.

10º Por último, quiero subrayar la importancia que puede llegar a tener la acción comunicativa dentro del ciberespacio en una cultura de los derechos en el sentido de denunciar y desenmascarar los procesos ideológicos que sirven de refuerzo y legitimación de la globalización y que se encierran dentro de la denominación de pensamiento único. La incipiente cibercultura de los derechos humanos representa su antítesis y puede llegar a ser un antídoto efectivo para su superación.

Conclusiones:

Pese a que hasta el momento la utilización de la red Internet y consiguientemente del ciberespacio ha consistido en un atentado permanente contra el sistema de derechos humanos se puede afirmar que hay elementos en el mismo que permiten abonar la idea de que se está empezando a utilizar en un sentido completamente opuesto. Potencialmente el ciberespacio puede servir de instrumento poderoso de garantía de los derechos humanos. La estructura misma del ciberespacio es esencialmente democrática y abierta y si además observamos en el mismo la actuación de una serie de movimientos sociales proactivos que propician una utilización más igualitaria y solidaria podemos afirmar el inicio de la cibercultura de los derechos humanos que debe ser propiciada en cuanto que pueda servir de elemento que contrarrestre las consecuencias destructivas del sistema de derechos humanos llevada a cabo por los procesos globalizadores y como elemento coadyuvante de carácter decisivo para la formación de una sociedad civil global cada vez más estructurada y consolidada que lleve a cabo una eficaz tarea de garantía de los derechos humanos.

http://www.uv.es/CEFD/5/lima.html

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